Costa Rica

Jerarquía Normativa

Jerarquía Normativa Costarricense

Derecho Costarricense: Jerarquía normativa

La Constitución es la ley superior del ordenamiento jurídico en Costa Rica. Esta posición se deriva de su carácter de única norma primaria, que emana del poder constituyente, del que dimana tanto su validez como su carácter imperativo. Frente a la Constitución todas las demás normas jurídicas tienen rango secundario.

El artículo séptimo de la Carta Magna confiere a los tratados internacionales autoridad superior a las leyes. Señala además que el recurso de amparo es un instrumento procesal para proteger a las personas de las perturbaciones y amenazas de violaciones de los derechos constitucionales y los estipulados en los tratados internacionales. La Ley de Jurisdicción Constitucional eleva los tratados a la categoría de parámetro del juicio de constitucionalidad respecto de las leyes y reglamentos.

La ley, elaborada por el poder legislativo, ostenta la representación del pueblo, constituye la expresión de la voluntad de este. Junto con la Constitución es la única que goza de directa legitimidad democrática, pues es producto de la voluntad popular.

El constituyente en Costa Rica no reconoce diferentes gradaciones dentro de la acepción misma de ley. Sin embargo, se han creado cuerpos normativos que unifican la legislación de instituciones y de órganos públicos como lo son las leyes orgánicas del poder judicial, de la Procuraduría General, de la Controlaría General de la República y del sistema bancario nacional.

De la misma forma se han redactado amplios códigos que compilan normativa sustantiva y procesal en áreas tan diversas como la civil, comercial, penal, familiar, fiscal y electoral. [1]

Recursos

Notas y Referencias

  1. Información sobre Jerarquía Normativa Costarricense en la Enciclopedia Online Encarta

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Comentarios

Una respuesta a «Jerarquía Normativa»

  1. Avatar de CARLOS ANGULO
    CARLOS ANGULO

    Buenos días, en el caso de las municipalidades que existe un plan regulador y además leyes y reglamentos, cuál de estas está por encima de la otra. Gracias.

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